El coste de dar de alta la luz está fijado por el Ministerio de Industria, Turismo y Energía y depende de si la vivienda es nueva y solicitas la luz por primera vez, o de si se trata de una vivienda en la que hubo luz en su momento y se dio de baja. El precio de dar de alta la luz es independiente de la comercializadora, pues esta actúa como un mero intermediario ante la distribuidora eléctrica de la zona.

¿Qué necesito para dar de alta la luz en una vivienda nueva?
Si tu vivienda es de primera ocupación, tendrás que presentar en tu comercializadora la siguiente documentación: licencia de primera ocupación, documento identificativo, cédula de habitabilidad, certificado de instalación eléctrica de baja tensión y escritura de propiedad o contrato de arrendamiento.

¿Qué se necesita para dar de alta la luz en una vivienda de segunda ocupación?
Si tu vivienda ya tuvo la luz dada de alta en un momento previo, necesitarás presentar los mismos documentos que en el caso de la vivienda nueva, exceptuando la cédula de habitabilidad y la licencia de primera ocupación.